RESPONSABILIDADES
Es responsabilidad de cada Brigada de Rescate y Apoyo Civil ( BRAC )
afiliada establecer los limites geograficos de su jurisdicción
( zona prioritaria y zona de influencia ) de acuerdo a sus recursos
humanos, equipo y organización y proveer o gestionar los servicios
de apoyo civil dentro de ésta zona y participar en la coordinación,
entrenamiento, comunicación y desarrollo de operaciones de Busqueda
y Rescate (BYR) o apoyo civil, con recursos propios y de acuerdo a las
posibilidades locales.
Cada BRAC afiliada designará a una persona que desempeñe
las funciones de “Comandante Coordinador de Brigada” dentro
de su jurisdicción. Las responsabilidades de tal persona incluirán
(pero de ninguna manera se limitarán a) la planeación,
activación, coordinación y clausura de las actividades
de BYR y apoyo civil.
El Comandante Coordinador de Brigadas, a petición de las autoridades
federales o estatales, deberá considerar operaciones de BYR o
apoyo civil en cualquier parte del pais, conforme a sus conocimientos
especializados o capacidades y autorida. Dicha función va de
acuerdo a los principios de solidaridad civil sin importar la región
geográfica o las circunstancias. Para ello se procurará
emplear todos los recursos disponibles para realizar las operaciones
solicitadas.
Cada BRAC, de acuerdo a sus recursos y capacidades, tendrá la
libertad para participar y apoyarán el desempeño de operaciones
de BYR y apoyo civil en otros países cuando asi se considere
necesario, a su discreción.
Al llevar a cabo actividades de BYR, apoyo de civil, adiestramiento,
prácticas o enlaces en areas geográficas ajenas a la zonas
prioritarias o de influencia (fuera de su jurisdicción), será
obligación del Comandante Coordinador de Brigadas establecer
contacto con las BRAC encargadas de dicha zona con el fin de coordinar
sus actividades con las de los demás signatarios de tal modo
que se pueda aprovechar al máximo recursos humanos, materiales,
equipo, provisiones y experiencia.
DESLINDE
DE RESPONSABILIDADES
Los objetivos tanto de la División de Rescate y Protección
Civil, como aquellos de las Brigadas de Rescate y Protección
Civil afiliadas no se oponen ni buscan reemplazar a las instituciones
gubernamentales establecidas específicamente para la realización
de actividades de BYR, protección civil y rescate.
Ninguna disposición establecida por la División de Rescate
y Protección Civil y Brigadas afiliadas se deberá interpretar
como suplente de las responsabilidades y autoridades de cualquier organismo
gubernamental según ha sido definido legalmente, las órdenes
ejecutivas o los convenios internacionales, o responsabilidades establecidas
de otras agencias y organizaciones que ayudan con regularidad a personas
o propiedades que requieren socorro debido a incidentes de una naturaleza
local.Las disposiciones de la División de Rescate y Protección
Civil están dirigidas exclusivamente a servir como una guía
interna para todas las agencias federales, organismos no gubernamentales
e instituciones signatorias. Es posible que las organizaciones estatales
prefieran retener responsabilidades de protección civil y rescate
ya establecidas dentro de sus jurisdicciones para incidentes locales
o intra-estatales. En tales casos, se fundamentarán en convenios
apropiados entre la(s) Brigada(s) signatoria(s) y las organizaciones
estatales relevantes.